El IMSS y Zoe Robledo con el embargo a las cuentas de la UAN incurrieron en la ilegalidad

El IMSS y Zoe Robledo están en un gran problema, ya que la Ley de Coordinación Fiscal, en su Artículo 25, establece las aportaciones federales, como recursos que la Federación transfiere a las haciendas públicas de los Estados, condicionando su gasto a la consecución y cumplimiento de los objetivos que para cada tipo de aportación establece esta Ley, para los Fondos siguientes:

I. Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo;

II. Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud;

III. Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social;

IV. Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal;

V. Fondo de Aportaciones Múltiples.

VI.- Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos, y

VII.- Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal.

VIII.- Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas.

Pero cabe resaltar categóricamente, que estos fondos, son específicamente para estos rubros, no se pueden destinar a otra cosa que no sea para lo que fueron asignados, al igual que son inembargables, como lo marca el Artículo 49 de la misma Ley, por lo que con esta acción de embargar todas las cuentas a la Universidad Autónoma de Nayarit, entre ellas precisamente la del «Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo», o sea la nómina del «sagrado salario de la clase trabajadora universitaria», incurrió en una acción de palmaria irregularidad, pero más una inmoralidad.

Artículo 49. Las aportaciones y sus accesorios que con cargo a los Fondos a que se refiere este Capítulo reciban las entidades y, en su caso, los municipios las alcaldías de la Ciudad de México, no serán embargables, ni los gobiernos correspondientes podrán, bajo ninguna circunstancia, gravarlas ni afectarlas en garantía o destinarse a mecanismos de fuente de pago, salvo por lo dispuesto en los artículos 50, 51 y 52 de esta Ley. Dichas aportaciones y sus accesorios, en ningún caso podrán destinarse a fines distintos a los expresamente previstos en los artículos 26, 29, 33, 37, 40, 42, 45, 47, así como lo dispuesto en el presente artículo de esta Ley.

Tendrán que rodar cabezas en el IMSS y también en los jueces que que determinaron esta ruin medida que deja sin comer a 6 mil familias de docentes y administrativos.

Zoe Robledo dice ser amigo del Gobernador Miguel Ángel Navarro Quintero, con quien viene nada más a tomarse fotos, en el fondo, le creo un gran problema social y económico, porque son 400 millones de pesos los que dejan de ciruclar, principalmente en la capital Tepic.

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