Diputada Mirtha Villalvazo presenta iniciativas a favor de los derechos de las mujeres

En días pasados, la Diputada Mirtha Villalvazo presentó tres iniciativas en favor de la defensa de los derechos de las mujeres en donde se reforman y adicionan diversas disposiciones de las siguientes leyes:

  1. Ley General de Partidos Políticos.

Los partidos políticos tendrán la obligación de garantizar que sus precandidatos y candidatos a cargo de elección popular no tengan antecedentes, denuncias o sentencias por delitos sexuales, violencia familiar, ni ser deudor alimentario o moroso.

  1. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

El INE deberá solicitar a los partidos políticos que sus candidatos no tengan antecedentes, denuncias o sentencias por delitos sexuales; violencia familiar o doméstica y no sean deudores alimentarios o morosos.

  1. Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Adiciona como requisitos para ser senador o diputado federal, no tener antecedentes, denuncias o sentencias por delitos sexuales, violencia familiar, ni ser deudor alimentario o moroso.

El derecho de protección por parte del Estado hacia las mujeres que sufren violencia es sin duda uno de los más importantes derechos humanos, pues se entrelaza con su derecho a la vida, a la seguridad jurídica, y por supuesto al acceso a la justicia, entre otros.

Es necesario resaltar este derecho y crear nuevas medidas de protección inmediata o de largo plazo, a las mujeres víctimas de violencia, con la finalidad de prevenir conductas violentas por personas que ocupen cargos públicos, en función de tener representantes que sean un ejemplo a seguir y estén sometidos a una presunción de confiabilidad, lealtad, siendo idóneos para desempeñar tales cargos.

En términos del artículo 5º de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se entiende por violencia contra las mujeres “cualquier acción u omisión, basada en su género que les cause daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o cualquier otra forma análoga que lesione o sea susceptible de dañar la dignidad, integridad o libertad de las mujeres, pudiéndose desarrollar en el ámbito familiar, laboral o docente, de la comunidad y ámbito institucional”.

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