Regula Poder Legislativo violencia digital

  • Las sanciones en el Código Penal son de hasta seis años de prisión y multa de más de 179 mil pesos

Tepic, 02 de noviembre de 2021.- Mayor protección en los derechos de las mujeres, regular la violencia digital y dar armonía al sistema jurídico local en lo internacional y nacional se logra con la adición de diversas disposiciones a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Nayarit.

Esta resolución legislativa aprobada en Sesión Pública Ordinaria define como violencia digital toda acción hecha de manera dolosa usando tecnologías de información y comunicación en las que se exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmita, comercialice, oferte, intercambie, comparta imágenes, audios y videos reales o simulados de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento y que le cause daño psicológico, emocional en su vida privada o su propia imagen.

A su vez en el dictamen aprobado se asocia como violencia digital todos los actos dolosos que causen daño a la intimidad, privacidad y dignidad de las mujeres y se cometan por medio de las tecnologías de la información.

Para castigar este delito se estipula la aplicación del Código Penal, orden jurídico en el que se señalan sanciones hasta por seis años de prisión y una multa de más de 179 mil pesos.

Al denunciar el delito de ciberviolencia, la integridad de la víctima queda a cargo del ministerio público, quien ordenará de forma inmediata las medidas de protección de forma electrónica a las empresas de plataformas digitales, medios de comunicación, redes sociales, páginas digitales, personas físicas o morales, como la interrupción, bloqueo, destrucción o eliminación del material difundido.

El incorporar la reforma al marco jurídico local permitirá parar las acciones que lastiman la integridad de las mujeres y evitar que los hechos de ciberviolencia se vea como algo normal en Nayarit.

El Congreso del Estado también está trabajando en el tema de la violación a la intimidad sexual, proteger el derecho humano a la personalidad y la forma en que las personas decidan elegir su vida íntima o sexual.

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