- Realiza operativo coordinado con Policía Estatal Turística, Policía y Fiscalía municipal de Compostela, para verificar el legal uso y aprovechamiento de la ZOFEMAT, en ambas playas.
- Revisa permisos a 150 vendedores ambulantes y retira a 53 de ellos, así como mobiliario semifijo, por carecer de permiso que otorga la SEMARNAT.
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) retiró a 53 vendedores ambulantes de las playas de Rincón de Guayabitos y Los Ayala, en el municipio de Compostela, Nayarit, que no contaban con permiso vigente que otorga la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), para realizar sus actividades comerciales.
En un operativo conjunto con la Policía Estatal Turística de Nayarit, Policía Municipal y Fiscalía de Compostela, realizado los días nueve y diez de noviembre en la Zona Federal Marítimo Terrestre (ZOFEMAT) en ambas playas, se verificó que los 150 vendedores ambulantes que realizan su actividad comercial contaran con los permisos federales correspondientes para ejercer dicha actividad.
Como resultado de estas verificaciones, 53 vendedores no contaban con el permiso correspondiente por lo cual, como medida preventiva, se les solicitó retirarse del lugar en tanto no contaran con el permiso transitorio correspondiente, medida que fue acatada por los vendedores ambulantes.
También fue retirado de la ZOFEMAT, mobiliario semifijo consistente en 136 sillas, 44 mesas, 53 sombrillas y 02 triciclos, por carecer de la autorización federal correspondiente, mismas que impedían el libre tránsito por dicho bien nacional.
Asimismo, se verificó a prestadores de servicios turísticos requiriéndoles el permiso emitido por la SEMARNAT para el uso y aprovechamiento de la ZOFEMAT.
Estas acciones operativas se intensificarán de manera conjunta en la próxima temporada vacacional decembrina, en donde se llevarán a cabo un mayor número de recorridos de vigilancia e inspecciones para verificar el adecuado uso y aprovechamiento de la ZOFEMAT.
El uso, aprovechamiento o explotación de la playa, la ZOFEMAT, los Terrenos Ganados al Mar (TGM) o cualquier otro depósito que se forme con aguas marítimas, Bienes de la Nación, está regulado por la Ley General de Bienes Nacionales y el Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar.
Su contravención podría ser sancionada por la PROFEPA con una multa de hasta 500 Unidades de Medida y Actualización, por infracción, de conformidad con lo establecido en el artículo 74 del Reglamento antes referido.
La PROFEPA exhorta a los empresarios, prestadores de servicios turísticos, comerciantes y sociedad en general, a respetar el adecuado uso y aprovechamiento de la ZOFEMAT y los TGM, contribuyendo a disfrutar de manera adecuada y sustentable los recursos naturales, generando un turismo responsable que se traducirá en beneficio de los destinos turísticos del país.
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